El empleador realizará los ajustes razonables que se requieran por cada trabajador en el lado de trabajo, con el fin de que las personas con discapacidad puedan ingresar, desarrollar y mantener su trabajo. 15. Atender con debida diligencia y en la medida de sus posibilidades las órdenes expedidas por autoridades https://gestion-de-sistemas-infor87396.qowap.com/95404359/la-guía-definitiva-para-laboral-formación